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by Club Nàutic Salou
El pasado 9 de mayo de 2020 se publicó en el BOE la Orden SND/399 de 9 de mayo por la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas con la declaración del estado de alarma en aplicación de la FASE 1 del Plan para la transición hasta una nueva normalidad, y el sábado 10 mayo la Orden TMA / 400/2020 de 9 de mayo por la que se establecen las condiciones a aplicar en la Fase 1 de la desescalada en materia de movilidad, y en concreto las condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo y deportiva.
Este contexto legal permite la navegación de los usuarios del puerto a partir del 11 de mayo de acuerdo a las siguientes condiciones y normativa:
- La navegación de recreo se considera como turismo activo y de naturaleza por grupos limitados.
- Se podrá llevar a cabo, la NAVEGACIÓN DE RECREO por parte de las personas que tengan su domicilio en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en la que esté amarrada la embarcación.
- La ocupación a bordo de la embarcación no podrá superar el 50% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación, a no ser que se trate de personas que convivan en el mismo domicilio, en cuyo caso se podrá llegar al 100%.
- En cualquier caso, el número de personas no podrá exceder de 10.
- Las motos náuticas y las embarcaciones de recreo no podrán alejarse más de 12 millas del puerto o instalación donde está amarrada, desde que empiecen la navegación.
- Se permite el chárter náutico de motos náuticas y embarcaciones de recreo para usuarios que residan en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en la que se encuentre la empresa de alquiler, con las limitaciones que exponemos más adelante.
- En el caso de motos náuticas, sólo podrá ir una persona a bordo, a no ser que sean personas que residen en el mismo domicilio, en cuyo caso no podrán superar el número de plazas autorizadas por el fabricante.
- En todos los casos se deben adoptar las medidas de protección, seguridad e higiene correspondientes.